Del Viernes, 26 de Septiembre de 2025 al Miércoles, 15 de Octubre de 2025

El fiscal solicita seis años y medio de cárcel para los dos supuestos responsables del atropello que causó la muerte a J.M.E.M., de 20 años, en la madrugada del pasado 6 de octubre.
J.E.M.M., de 29 años y reincidente, y J.M.S., de 22, son acusados de un delito de homicidio por imprudencia grave, otro de conducción temeraria y un tercero de abandono del lugar de los hechos, según el escrito de acusación del fiscal. Ambos permanecen en prisión provisional desde el 9 de octubre.
El ministerio público solicita un total de seis años y seis meses de cárcel, además de la privación del derecho a conducir durante siete años y medio y la pérdida de vigencia de su permiso de conducir, para los dos acusados
En ambos casos, el fiscal solicita tres años y seis meses de prisión, así como cinco años de privación del derecho a conducir y la pérdida de permiso de conducir por los delitos de homicidio por imprudencia grave y de conducción temeraria. Por su parte, por el delito de abandono del lugar de los hechos, el ministerio público pide otros tres años de prisión y dos dos años y seis meses más de privación del derecho de conducir.
Por otra parte, el fiscal pide que "de manera conjunta y solidaria con la aseguradora" se indemnice a los padres del malogrado joven y a su hermana en la suma de 180.000 euros.
Conclusiones provisionales
Las conclusiones provisionales señalan que el 6 de octubre, la víctima, tras haber estado con unos amigos, se dirigía "sobre las 3,30 horas" hacia la Residencia Santo Tomás, en la que se alojaba mientras estudiaba Enfermería en la UCAV.
Ocho minutos después, "cuando se encontraba atravesando el paso de peatones (...) situado en la calle Capitán Peñas, a la altura del número 24, fue atropellado" por el vehículo BMW 530D conducido por J.E.M.M. Posteriormente, un segundo vehículo conducido por J.M.S. y que circulaba detrás del anterior, "arrolló a J.E.M., mientras se encontraba en el suelo (...), arrastrándole por la calle varios metros hasta que se liberó de él".
Las conclusiones provisionales apuntan que los acusados circulaban en el momento del atropello "a una velocidad de 65 kilómetros por hora", lo que supone "un 32,45% superior a la permitida en esa vía, que se encuentra limitada a 50 kilómetros por hora".
Igualmente, señala que los dos acusados "no respetaron ni el paso de peatones situado antes (...), ni el ceda el paso allí existente (...), ni tampoco la marca transversal discontinua, que reiteraba la necesidad de no franquearla sin haber cedido el paso a los vehículos que por la derecha de los acusados circulaban".
En este contexto señala que esa confluencia "presenta tan escasa visibilidad, que para poder apercibirse de los vehículos que circulan con preferencia por su derecha, los acusados debían de detenerse de manera absoluta".
Excesiva velocidad
"Los acusados, a pesar de la excesiva velocidad a la que circulaban, podían haberse apercibido, al menos a 36,2 metros, de que J.E.M. se encontraba atravesando el paso de peatones, y de esta manera adoptar las medidas necesarias para evitar su atropello, deteniendo completamente el vehículo para que J.E.M. terminara de cruzar dicho paso preferente", explica en la conclusiones.
Pese a ello, los acusados "no se detuvieron y continuaron su marcha a la misma velocidad excesiva que llevaban, llegando al paso de peatones y arrollando de la forma descrita a J.E.M.", para posteriormente darse a la fuga. Tres días después se presentaron en la Comisaría de Policía.
Desde el pasado 9 de octubre, los dos acusados se encuentran en situación de prisión provisional, sin que "ninguna suma económica, en concepto de responsabilidad civil ha sido satisfecha ni por la entidad aseguradora, ni por el consorcio de compensación de seguros ni por los acusados".
J.E.M.M. tiene antecedentes penales, tras haber sido condenado el 21 de noviembre de 2017 por un delito contra la seguridad vial a la pena de ocho meses de privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores que extinguió el día 18 de Julio de 2018. Por su parte, el otro acusado, J.M.S., "carece de antecedentes penales computables a efectos de la reincidencia".
Castellano | Miércoles, 15 de Abril de 2020 a las 17:57:48 horas
En este caso, creo que estos individuos jamás deberían poder volver a conducir porque ya han demostrado para que aprovechan ellos la posesión del permiso de conducción.Sería conveniente que los parlamentarios abulenses tanto a nivel autonómico como nacional presentaran mociones para endurecer la ley de seguridad vial para casos como el de estos elementos.En la situación actual,estos individuos saldrán de la cárcel en unos pocos años , cogerán el coche enseguida y veremos si no vuelven a dejar a otros padres sin su hijo.
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