El condenado no tendrá que cumplir la pena de cárcel, siempre y cuando en los próximos cuatro años no vuelva a delinquir, tal y como figura en el fallo conocido ahora, por unos hechos que se remontan a marzo del año pasado.
Antes del fallo definitivo, el fiscal modificó unas conclusiones provisionales, que le llevaron a solicitar cinco años de prisión y multa de 9.000 euros, que antes de que se celebrara el juicio oral rebajó a 2 años de cárcel y una multa de 5.000 euros.
El letrado de la defensa, que con anterioridad había solicitado la absolución de su defendido, se mostró favorable a esta modificación de la fiscalía.
Fue arrestado a las 14 horas del 9 de marzo de 2018 cuando, a raíz de unas intervenciones telefónicas autorizadas por el Juzgado de Instrucción número 1 de Arenas de San Pedro, el ahora condenado fue detenido cuando portaba "oculto bajo un tapizado del capó un paquete que contenía una sustancia blanca y en polvo y roca".
Se trataba de 50,38 gramos de cocaína "con una riqueza base del 72,64 por ciento y un valor en el mercado ilícito de 2.987,53 euros", según determinó el posterior análisis realizado.
Al día siguiente, con la correspondiente autorización, los agentes de la Guardia Civil procedieron al registro de su domicilio, situado en una finca rústica de Santa Cruz del Valle, donde los agentes intervinieron más sustancias estupefacientes.
Entre lo hallado figuraban diferentes cantidades de resina de cannabis, marihuana y THC -Tetrahidrocannabinol-, así como dos básculas de precisión con restos de cocaína, utensilios para la preparación de papelinas, cinco botes metálicos para guardar droga, dos cuadernos, una libreta y hojas sueltas con anotaciones.
Todo ello era utilizado "con la intención de favorecer, facilitar o promover el consumo ilegal de sustancias estupefacientes o destinar el producto obtenido a la venta o intercambio de efectos valiosos".
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