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El condenado a 26 años por el asesinato de su esposa, durante el juicio.El fallo condena a Jonathan de la Fuente Gómez como autor criminalmente responsable de un delito consumado de asesinato con alevosía, concurriendo las agravantes de parentesco y de género, y de un delito de lesiones en el ámbito familiar, sin la concurrencia de las circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal.
Por un lado se le impone una pena de 25 años por el delito de asesinato con alevosía, con la agravante de parentesco y la agravante de género, con inhabilitación absoluta durante el tiempo de la condena.
Se acuerda la privación de la patria potestad sobre las hijas y se le impone la pena de prohibición expresa de acudir a la localidad de Nava de Arévalo o cualquier otra en que pudiera fijar su residencia sus hijas, sus abuelos maternos o hermana de la víctima, por un periodo de diez años superior al de la pena de prisión que se le impone, o sea, un total de 35 años.
Asimismo, se le impone la libertad vigilada durante diez años y para su cumplimiento posterior al de la pena privativa de libertad.
Por otra parte, se le impone la pena de un año por el delito de lesiones en el ámbito familiar. Junto a ello se acuerda la privación del derecho a la tenencia y porte de armas durante un año, y la accesoria de no acercamiento y de comunicación a través de cualquier medio o procedimiento con sus hijas, la hermana y los padres, sus respectivos domicilios y lugares de trabajo o estudio, a una distancia de diez kilómetros la prohibición de entrada en el término municipal donde aquellos residan o desarrollen sus trabajos y estudios por tiempo de dos años.
También se le priva de la patria potestad respecto de sus hijas, y se le imponen indemnizaciones de 150.000 euros a cada una de las hijas, otras 150.000 para los padres, y 80.000 para la hermana. Dichas cantidades devengarán los intereses legales del artículo 576 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, y además de le imponen las costas procesales, incluidas las causadas por las acusaciones.
Contra sentencia de la Audiencia Provincial puede interponerse recurso de apelación ante el Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León.
La riqueza natural del Sistema Central
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