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Las 34 personas físicas y jurídicas que inicialmente fueron acusadas por la Fiscalía y las acusaciones particulares y populares, entre ellos los dos expolíticos abulenses, continuarán acusados, toda vez que la Audiencia Nacional ha rechazado aplicar la llamada “doctrina Botín”, según la cual, se archiva la causa contra una persona si ésta no es acusada por el Ministerio Público o un particular.
Se ha conocido en la reanudación -tras la Navidad- del juicio que comenzó a finales de noviembre en la Audiencia Nacional. Los magistrados han puesto de manifiesto el martes que las acusaciones populares "no actuaron en solitario, pues de su mano se alinearon, adoptando la misma postura, las acusaciones particulares a las que las defensas niegan que estén investidas de legitimación activa".
"Y esto es así, añaden, porque las presuntas falsedades investigadas afectaron a intereses colectivos supraindividuales al tratarse de supuesta o hipotética mendacidad en la contabilidad de la cuarta entidad bancaria del país, cuyo quebranto impulsó que tuviese que llevarse a cabo el mayor rescate bancario con fondos públicos en la historia de nuestro país”.
En este sentido, cifran el importe total en más de 23.000 millones de euros y recuerdan que cayó el Ibex 35 un 2,71% mientras creció la prima de riesgo hasta llegar a alcanzar su máximo histórico desde la entrada en el euro, 511 puntos básicos.
Por otro lado, la Sala de la Audiencia considera en su auto que "no puede existir acusación frente a Deloitte, Bankia y BFA por un delito de falsedad contable porque las personas jurídicas no se enmarcan dentro del círculo de posibles responsables penales de tal delito, y consecuentemente está fuera de lugar tal acusación por elemental respeto a la legalidad penal".
Eso sí, mantiene la acusación contra Deloitte por el delito de estafa a los inversores al considerar que éste "no vulnera su derecho fundamental a su defensa".
Rechazos
Además de estos dos asuntos, la Audiencia ha rechazado la mayor parte de las cuestiones previas solicitadas por las defensas de los acusados, referidas en su mayoría a la nulidad del auto de apertura del juicio oral y de transformación a procedimiento abreviado, la prescripción de los hechos calificados como delito de falsedad contable o la vulneración del principio de igualdad.
También ha rechazado la pretensión de algunas defensas como Bankia de que las acusaciones sean expulsadas del procedimiento, como reclamaba el banco al considerar que no cumplen las condiciones para ser parte.
Igualmente, se ha rechazado la petición de todas las defensas de eximir a los acusados de estar presentes en todas las sesiones del juicio después de su pertinente declaración, ya que la asistencia es "obligatoria".
Sin embargo, la sala es consciente de la "excepcional extensión en la celebración de las futuras sesiones", que se extenderán al menos hasta el próximo mes de junio, por lo que tendrá en cuenta los "derechos esenciales de los acusados, como puede ser el derecho al trabajo, a residencia fija…", los cuales considera que "no deben verse afectados más allá de lo razonable".
Disfruta de la fruta
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Mariano | Miércoles, 09 de Enero de 2019 a las 20:22:41 horas
Seguro que ahora no ha sido nadie, la culpa del banco de España, para cobrar se apuntaban los primero pero ahora no quieren saber nada
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