Responde a la aprobación del Real Decreto sobre reducción de su consumo

A partir del 1 de junio prohibida la entrega gratuita de bolsas de plástico

Avilared Domingo, 27 de Mayo de 2018 Tiempo de lectura:

La Federación Abulense de Empresarios de Comercio de CONFAE advierte de los cambios que se producirán a partir del 1 de junio sobre la reducción del consumo de bolsas de plástico.

[Img #85935]Tras la reciente aprobación del Real Decreto 293/2018, de 18 de mayo, desde el próximo 1 de junio estará prohibida la entrega gratuita a los consumidores de bolsas de plástico en los puntos de venta de bienes o productos, a excepción de las bolsas de plástico muy ligeras y de las que tengan “un espesor igual o superior a 50 micras, con un porcentaje igual o mayor al 70% de plástico reciclado”.


En estos casos, los comerciantes deberán disponer de documentación proporcionada por el fabricante que acredite dicho porcentaje.


Ante esta nueva situación, los comerciantes cobrarán una cantidad por cada bolsa que proporcionen al consumidor, tomando como referencia para ello “los precios orientativos establecidos en el Anexo I del citado Real Decreto -entre 5 y 15 céntimos de euro/bolsa dependiendo del espesor-”.


En este sentido, los comerciantes informarán a los consumidores de los precios establecidos, exponiéndolos al público en un lugar visible e incluyendo una referencia al cumplimiento de las obligaciones contenida en los apartados anteriores.


Además, a partir del 1 de enero de 2020 se prohibirá la entrega a los consumidores, en los puntos de venta de bienes o productos, de bolsas de plástico “fragmentables”. Las bolsas de plástico de espesor igual o superior a 50 micras contendrán un porcentaje mínimo del 50% de plástico reciclado.


Y a partir del 1 de enero de 2021 se prohíbe la entrega de bolsas de plástico ligeras y muy ligeras al consumidor en los puntos de venta de bienes o productos, excepto si son de plástico compostable. Los comerciantes podrán también optar por otros formatos de envase para substituir a las bolsas de plástico.


Están excluidos los sobres de plástico empleados para las ventas a distancia, si bien éstos deberán ser considerados envases si cumplen con la definición de envase y sus ejemplos establecida en la Ley 11/1997, de 24 de abril.

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