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Fueron parte de los despidos que en numerosas provincias acometió el 30 de junio la Junta, tras lo que varios juzgados de lo social de Castilla y León declararon nulos 26 de los 77 despidos, siendo el de Ávila el primero en pronunciarse, no aceptando la justificación del Servicio Público de Empleo (ECyL) al vincular sus contratos a programas y financiación estatal, que se cortó a raíz de la decisión de la Conferencia Sectorial de Empleo y Asuntos Laborales a finales de mayo.
Los empleados prestan sus servicios en El Tiemblo, Arenas de San Pedro y Arévalo. En todo caso, la decisión judicial no es firme, porque la Junta ha recurrido ante el Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, si bien ha decidido su readmisión temporal en 23 de los casos, ya que de todas formas deberían percibir sus salarios.
La sentencia del Juzgado de lo Social de Ávila condenó al ECyL a readmitir a los recurrentes, a “abonar los salarios dejados de percibir desde la fecha del despido, hasta que la readmisión tenga lugar”, y a pagarles los que percibían santes del despido”. También señalaba que el trabajador “continuará prestando sus servicios, salvo que el empresario prefiera realizar el pago sin recibir contraprestación alguna”.
Fueron contratados en 2003 en la modalidad de obra y servicio determinado, aunque la sentencia determinó que su trabajo “nada tuvo que ver desde el inicio con la obra y servicio contratada y finalizada el 15 de diciembre de 2004”, ya que prestaron “los mismos servicios que el resto del personal de las distintas oficinas”, y precisó que se trata de un “fraude de ley” cuando “el trabajador se contrata para realizar una obra y se le destina a otra u otras diferentes”.
Orientadores laborales
Por otra parte, la Junta quiere renegociar con el Comité de Empresa del ECyL la situación de 114 orientadores laborales, afectados por un expediente de regulación de empleo de extinción que se les comunicó el viernes, tal y como estaba previsto tras el final de las ayudas estatales comprendidas del Plan Extraordinario de Orientación Laboral, que han servido para financiarlos desde 2008.
A partir del 1 de enero desaparece tanto el programa estatal como la financiación del Ministerio de Trabajo para dichos contratos. Por ello, la Junta, a través del Servicio Público de Empleo, ha abierto un período de consultas con los representantes legales de los trabajadores que se prolongará “durante aproximadamente un mes” para “evitar o reducir los despidos y atenuar sus consecuencias” mediante el recurso “a medidas sociales de acompañamiento” siempre que éstas “sean compatibles con la naturaleza y régimen jurídico del ECyL”.
Durante el periodo de consultas, el ECyL incluirá un Plan de Recolocación Externa para los trabajadores afectados que “garantice” una atención “continuada por un periodo mínimo de 6 meses” con vistas a la realización de “acciones de intermediación”, con la puesta en contacto de las ofertas de trabajo existentes en otras empresas con los trabajadores afectados por el despido colectivo.
También se llevarán a cabo “acciones de orientación profesional”, por medio de la “identificación del perfil profesional” de los trabajadores para “la cobertura de puestos de trabajo en las posibles empresas destinatarias de la recolocación”.
Otras medidas encaminadas a paliar las consecuencias de estos despidos serán las “acciones de formación profesional”, que supondrán la capacitación de los trabajadores para el desempeño de las actividades laborales en las posibles empresas destinatarias de la recolocación.
También la Junta prevé acciones de atención personalizada, que incluirá el asesoramiento de los trabajadores sobre los aspectos relacionados con su recolocación, en especial, respecto de la búsqueda activa de empleo.
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