Del Sábado, 17 de Enero de 2026 al Martes, 20 de Enero de 2026
El anteproyecto de Ley de Ordenación, Servicios y Gobierno del Territorio de la Comunidad de Castilla y León aprobado por el Consejo de Gobierno persigue la progresiva convergencia de los servicios públicos prestados por la Junta para mejorar su eficiencia, así como la calidad y el bienestar de los ciudadanos.
Asimismo, regulará las asociaciones voluntarias de municipios con el objetivo básico de reforzar el municipalismo y lograr una mayor eficiencia de los servicios públicos que prestan las corporaciones locales, al tiempo que refuerza el papel de las diputaciones provinciales.
De este modo, la ordenación del territorio parte de la creación de las unidades básicas de ordenación y servicios en el territorio, que serán la referencia espacial y parámetro básico de la ordenación. Se trata de un nombre nuevo, diferente al que se ha barajado hasta hace poco, que eran los distritos de interés comunitario.
Así, las unidades rurales agruparán a los municipios que tengan como mínimo 5.000 habitantes y 30.000 como máximo o cuya densidad sea menor a 15 habitantes por kilómetro cuadrado y como mínimo agrupe a cinco municipios.
Mientras, las unidades básicas de ordenación y servicios del territorio urbanas se corresponden con los municipios de más de 20.000 habitantes.
El mapa de las unidades básicas de ordenación y servicios del territorio se elaborará siguiendo un procedimiento participativo en el que intervendrán las diputaciones provinciales, los municipios y los ciudadanos a través de un proceso de información pública.
De acuerdo con el anteproyecto aprobado, cada zona básica de salud deberá coincidir con una unidad básica de ordenación y servicios en el territorio; cada zona de acción social deberá coincidir, asimismo, con una unidad básica de ordenación y servicios; para la prestación de la educación secundaria obligatoria cada zona educativa deberá comprender como mínimo una unidad básica y un máximo de cinco y para salud pública cada demarcación deberá comprender un mínimo de dos unidades y un máximo de seis.
Para la prestación de los servicios autonómicos en el ámbito urbano se respetará la organización existente.
El anteproyecto establece un plazo máximo de tres años desde la elaboración del mapa para que la normativa sectorial se adecúe al mismo.
Prestación de servicios
Para garantizar la eficiencia en la prestación de servicios se establecen mecanismos de colaboración y coordinación administrativa, con el objetivo de evitar duplicidades administrativas.
Se crean así las Comisiones Provinciales de Coordinación de Políticas Públicas en el Territorio, con la finalidad de servir de órgano de estudio y colaboración entre las delegaciones territoriales de la Junta y las diputaciones provinciales. En estos órganos participarán también los municipios, y el Gobierno de la Nación, a través de la Subdelegación del Gobierno.
Con la finalidad de evitar duplicidades, el anteproyecto contempla que los entes locales de Castilla y León únicamente prestarán funciones, servicios o actividades para las que estén habilitados específicamente por una norma.
El anteproyecto establece también la posibilidad de integrar en la red de centros residenciales de titularidad pública las residencias de personas mayores y los centros de personas con discapacidad de las corporaciones locales.
Asimismo, se prevé que si una norma de la Comunidad transfiere o delegue nuevas competencias a las entidades locales esta deberá precisar la materia, competencia o función y, en su caso, la correspondiente financiación.
Por otra parte, las mancomunidades de interés general rurales se podrán formar por la asociación voluntaria de municipios de población igual o inferior a 20.000 habitantes, con continuidad geográfica, siempre y cuando se manifiesten favorablemente a la asociación la mayoría de los ayuntamientos que aglutinen más del 50% de la población de la unidad básica; o bien cuando sin reunir esa mayoría los ayuntamientos que se asocien aglutinen el 70% de la población de la unidad básica.
Diputaciones
El anteproyecto se refiere también a las diputaciones provinciales, ampliando su ámbito competencial en relación con el apoyo que deben prestar a las mancomunidades de interés general rural, modernizando sus funciones y competencias, potenciando la coordinación y colaboración con la Junta de Castilla y León en el marco de las Comisiones Provinciales de Coordinación de Políticas Públicas en el Territorio.
Todo ello, según el anteproyecto, con la finalidad de mejorar la calidad y la prestación de los servicios al ciudadano, incluyendo una serie de previsiones relativas a la fusión de municipios para adaptar estos procesos a la existencia de las mancomunidades de interés general, reforzando así los mecanismos de fomento de las fusiones voluntarias de municipios, ya previstos en la legislación anterior.
Según la Junta, el anteproyecto es resultado de un proceso abierto y participativo, desarrollado a lo largo del último año y medio, impulsado por la Junta de Castilla y León a través de la Consejería de la Presidencia y en el que han participado las entidades locales y los agentes políticos y sociales de la Comunidad.




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