Del Sábado, 15 de Noviembre de 2025 al Domingo, 30 de Noviembre de 2025
Han sido 178 las demandas presentadas, entre el 1 de junio y el 8 de septiembre, en el juzgado especializado en litigios sobre acciones individuales de condiciones de hipotecas cuyo prestatario sea una persona física.
Aunque el mes de agosto es inhábil en la jurisdicción civil, pero han podido presentarse demandas que comenzaron a ser tramitadas el 1 de septiembre.
El 1 de junio se puso en marcha el plan de urgencia aprobado por el Consejo General del Poder Judicial ante el previsible aumento de litigios sobre cláusulas abusivas en escrituras hipotecarias, como consecuencia de la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) de 21 de diciembre de 2016 sobre cláusulas suelo.
El plan consiste en la especialización de juzgados de primera instancia –uno por provincia- de los litigios relacionados con las acciones individuales sobre condiciones generales incluidas en contratos de financiación con garantías reales inmobiliarias cuyo prestatario sea una persona física.
Estos asuntos se refieren, entre otros, a cláusulas suelo, vencimiento anticipado, intereses moratorios, gastos de formalización de hipoteca o hipotecas multidivisa.
En España, muchos de los juzgados especializados ya han dictado sentencia, la mayoría por allanamiento de la parte demandada, dado que la entidad bancaria acepta las pretensiones del cliente, si bien en otros casos el juez ha entrado en el fondo del asunto.
En otros muchos casos comenzaron en julio a celebrar vistas previas, en las que se fija el objeto del litigio, las partes proponen prueba y el juez admite las que considera procedentes para resolver el pleito planteado. Si las partes proponen únicamente prueba documental, el asunto queda visto para sentencia en ese momento, y solo en caso contrario es necesaria la celebración de juicio.





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