Día Viernes, 05 de Diciembre de 2025
Día Sábado, 13 de Diciembre de 2025
Día Sábado, 20 de Diciembre de 2025
Día Sábado, 27 de Diciembre de 2025
Día Sábado, 03 de Enero de 2026
![[Img #67880]](upload/img/periodico/img_67880.jpg)
Se podrá lucrar la indulgencia plenaria en los siguientes casos: asistiendo a misa los domingos del Año Jubilar y los días relacionados con fechas clave de la vida de Santa Teresa (15 de octubre, 12 de marzo, 4 y 24 de abril, 16 de julio, 24 y 26 de agosto) y también en celebraciones como Navidad, Natividad, el 1 de abril, 13 y 20 de mayo. También cualquier día del año si se peregrina al menos 100 kilómetros a pie o a caballo, o 200 en bicicleta hasta los templos que se enumeran a continuación; en el caso de enfermos y presos, siempre que lean una de las cuatro obras principales de la Santa.
Además se está preparando un programa pastoral para los fieles de Ávila, para que compartan la experiencia de oración de la Santa y su amistad con Jesucristo.
Por otra parte, se ha hecho pública la imagen del logo del Jubileo: una Santa Teresa andariega, en rojo y negro, con la ‘t’ de Teresa en forma de cruz, simbolizando su unión con Jesucristo.
Los templos en los que se podrá lucrar la indulgencia plenaria serán los siguientes: en Ávila, Catedral del Salvador, Convento de Santa Teresa de Jesús, Convento de la Encarnación, Convento de San José y Monasterio de Santo Tomás. En Arenas de San Pedro: Convento de la Inmaculada y San José. En Blascomillán, Convento de Santa Teresa de Jesús y San Juan de la Cruz. En Piedrahíta, Convento del Amor Misericordioso y de la Madre de Dios.
![[Img #67879]](upload/img/periodico/img_67879.jpg)
Oficina en Ávila de Caja Rural de Salamanca
Día Viernes, 05 de Diciembre de 2025
Día Sábado, 13 de Diciembre de 2025
Día Sábado, 20 de Diciembre de 2025
Día Sábado, 27 de Diciembre de 2025
Día Sábado, 03 de Enero de 2026
Del Viernes, 05 de Diciembre de 2025 al Lunes, 08 de Diciembre de 2025
Del Sábado, 20 de Diciembre de 2025 al Domingo, 21 de Diciembre de 2025
Día Domingo, 28 de Diciembre de 2025
Día Miércoles, 31 de Diciembre de 2025
Día Lunes, 05 de Enero de 2026
Del Viernes, 19 de Diciembre de 2025 al Miércoles, 24 de Diciembre de 2025
Del Viernes, 26 de Diciembre de 2025 al Miércoles, 31 de Diciembre de 2025
Día Sábado, 20 de Diciembre de 2025
Día Sábado, 20 de Diciembre de 2025
Del Jueves, 04 de Diciembre de 2025 al Domingo, 07 de Diciembre de 2025
Del Sábado, 13 de Diciembre de 2025 al Lunes, 15 de Diciembre de 2025
Del Miércoles, 17 de Diciembre de 2025 al Domingo, 21 de Diciembre de 2025
Del Miércoles, 24 de Diciembre de 2025 al Martes, 06 de Enero de 2026
Día Sábado, 20 de Diciembre de 2025
Escribe tu correo y te enviaremos un enlace para que escribas una nueva contraseña.
Citizen | Jueves, 02 de Marzo de 2017 a las 15:29:20 horas
"Los templos en los que se podrá lucrar la indulgencia plenaria serán los siguientes"... Esta frase que copio del artículo define de forma meridiana lo que pretende el año jubilar, el lucro. Ni más ni menos. Si no hubiese lucro a la jerarquía eclesiástica le importaría una higa que el 15 de octubre caiga en domingo o que lo haga en miércoles. Lo que importa es buscar un motivo para seguir sacando dinero a los ilusos.
Accede para votar (0) (0) Accede para responder