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El Boletín Oficial de Castilla y León ha publicado este martes la orden de la Junta que recuerda que, en 1991, se declaró de interés general la transformación económica y social de la zona regable del río Adaja en su primera fase.
Nueve años después, la Secretaría de Medio Ambiente formuló declaración de impacto ambiental sobre el proyecto del azud de derivación y conducción principal de la zona y del plan general de transformación económica y social de la zona regable del Adaja.
Mediante este plan, se establecieron cinco sectores que se fueron aprobando entre los años 1995 y 2004, de modo que, ahora, a propuesta de la Dirección General de Producción Agropecuaria e Infraestructuras Agrarias y una vez finalizados los procesos de reordenación de la propiedad y las obras de transformación, se resuelve declarar la puesta en riego de todos los sectores de la zona.
La medida afecta a los cinco sectores, que suman más de 11.200 hectáreas, de las que más de 7.300 son hectáreas regables, en los términos de Nava de Arévalo –y sus anejos de Vinaderos, Palacios Rubios, Noharre y Magazos-, Aldeaseca, Langa, Villanueva del Aceral, Arévalo, Espinosa de los Caballeros, Orbita y Gutierre-Muñoz.
Entre 5 y 20 años
La Consejería deberá determinar ahora el importe de las obras de interés común que ha realizado y no afectan a la superficie declarada como “puesta en riego” y, una vez deducidas las subvenciones correspondientes, se reintegrará a los agricultores y propietarios afectados.
Al respecto, según ha publicado el Bocyl, “los propietarios de tierras reservadas reintegrarán la parte que les corresponde del valor de las obras dentro de los cinco años siguientes a la fecha en que se compruebe que han alcanzado los límites de intensidad mínima de cultivo”.
Eso implica que “la cantidad adeudada se pagará por quintas partes al término de cada uno de dichos cinco años”.
En cuanto a los “modestos propietarios”, reintegrarán en las mismas condiciones, pero “en veinte años y sin intereses”.
Según lo especificado en los Planes Generales de Transformación de los diferentes sectores, además, antes de finalizar el quinto año agrícola, a partir de este 2016, “las tierras deberán alcanzar una intensidad mínima de cultivo” definida por el índice de producción final agrícola, cuyo valor por hectárea sea de 1.202,02 euros. Esta cifra se actualizará en función del índice de precios al por mayor fijado por el Instituto Nacional de Estadística para los productos agrarios.
Oficina en Ávila de Caja Rural de Salamanca
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