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Está en pañales la proposición para modificar el Código Penal presentada por el ministro de Justicia Gallardón y revisada por el Consejo de Ministros, que se convertirá en ley. De esta proposición de ley solamente quiero analizar la referida a la prisión permanente revisable (cadena perpetua revisable), para los delitos que nos repugnan y ya mencionados.
Es una realidad que vivimos rodeados de noticias a cual peor en todos los ámbitos, en especial la referida a la crisis que nos invade y de la que no se ve la luz al final del túnel. No es de extrañar que en esta situación afloren sentimientos de indignación por acontecimientos como el caso Bretón, la puesta en libertad del etarra Bolinaga o el tan conocido caso de la desaparecida Mary Luz Cortés, en el que su padre Juan José Cortés se implicó de una manera directa en todos los ámbitos de la sociedad, inclusive nombrándole el PP su asesor jurídico, aunque por esas no tan lejanas fechas y, sino me equivocó era lego en Derecho. Él mismo, en estos días, se ha felicitado en distintos medios de comunicación porque al final el Gobierno de su partido se ha implicado en reformar lo que él predicaba, pedía y asesoraba: LA CADENA PERPETUA REVISABLE.
Quizás yo sea una de esas personas “garantista” del Derecho, a las que se nos trata de ingenuos cuando no como enfermos de “buenismo”. Pero lo cierto es que, ¿de verdad la gente cree que las medidas del ministro de Justicia de implantar la cadena perpetua revisable van a parar los pies, a disuadir del crimen, a un psicópata desalmado con propósito firme de delinquir?
Esas medidas, ¿cuándo se van a revisar?, ¿se van a revisar con delincuentes tipificados en ellas? Es por todos conocidos que la pena de muerte en Estados Unidos nunca ha hecho disminuir los crímenes sangrientos. La cadena perpetua, por las razones expuestas, tiene ese inequívoco carácter inhumano que prohíbe nuestra Constitución, que en su artículo 15 eleva a rango y derecho fundamental “todos tienen derecho a la vida y a la integridad física y moral, sin que, en ningún caso, puedan ser sometidos a tortura ni a penas o tratos inhumanos o degradantes. Queda abolida la pena de muerte, salvo lo que puedan disponer las leyes penales militares para tiempos de guerra”. Por otro lado, un recluso en España un recluso, en determinados supuestos, puede cumplir íntegramente hasta 40 años de privación de libertad, ¿no es esto, ya, suficiente y hasta demasiado?
Otro derecho fundamental tipificado en el artículo 25.2, del mismo cuerpo legal nos dice que la finalidad de la pena es la reeducación, rehabilitación y reinserción del delincuente. “Las penas privativas de libertad y las medidas de seguridad estarán orientadas hacia la reeducación y reinserción social y no podrán consistir en trabajos forzados. El condenado a pena de prisión que estuviere cumpliendo la misma gozará de los derechos fundamentales de este capítulo, a excepción de los que se vean expresamente limitados por el contenido del fallo condenatorio, el sentido de la pena y la ley penitenciaria. En todo caso, tendrá derecho a un trabajo remunerado y a los beneficios correspondientes de la Seguridad Social, así como al acceso a la cultura y al desarrollo integral de su personalidad”.
Ya en el año 1762, un filósofo, jurista y penalista de renombrado prestigio, Cessare Beccaria, sostenía que el Estado no puede ponerse nunca a la altura moral del asesino u homicida y reprimir la muerte con otra muerte legal. La grandeza del Estado de Derecho es precisamente esa: la de no tratar nunca al delincuente como éste trató a sus víctimas. Gallardón pretende dar gusto con esta reforma, a mí entender populista, a los del “ojo por ojo”, tan presente siempre entre algunos grupos de la sociedad y en muchos conservadores.
Pero el Estado de Derecho no está para ejecutar venganzas, sino para hacer justicia con el máximo respeto a los derechos humanos, inclusive los del delincuente. No es posible que la cadena perpetua revisada atienda al populismo o peticiones de gente dolida por sufrir en sus carnes crímenes horrendos, vulnerando derechos fundamentales constitucionales como la prohibición de que sean sometidos a tortura ni a penas o tratos inhumanos o degradantes, o a la reinserción o rehabilitación del delincuente; pues ello significaría, a mi entender, un contrasentido en el Derecho penal, contrario al fundamento de la pena (ya plasmada por Beccaria y penalistas como Cerezo Mir y otros) como meramente retributiva, pues se podría incurrir en una posible inconstitucionalidad, además de contradecir variada jurisprudencia sobre Derechos Humanos.
En todo caso, con la mayoría absoluta del Gobierno, esta futura ley verá la luz si nadie interpone en su día un recurso de inconstitucionalidad. Pues ya se sabe, “a río revuelto, ganancia de pescadores”, y el río de España está más que revuelto. Por ello Gallardón trata de apaciguar las aguas con medidas como esta, para que apartemos los ojos del verdadero problema de este revuelto cauce. Pues él y todo el gobierno también deberían saber que es urgente una modernización de nuestro Derecho Penal, pues es preocupante que a las cárceles vayan masivamente los pobres, como en el siglo XIX, en tanto que los delitos más graves de carácter económico viven en una zona de descarada impunidad; es preocupante que los más de 70.000 penados y condenados lo sean, sobre todo, por delitos de trapicheo de drogas (contra la salud pública) y atentados contra la propiedad privada (hurtos y otros , también endurecidas sus penas por esta modificación); mientras que una generosa amnistía fiscal haya sido promovida recientemente por ese Gobierno para defraudadores de hacienda y blanqueadores de capital ilícito.
¿Para cuándo modificará el ministro Gallardón el Código Penal, endureciendo las penas para defraudadores de hacienda, delincuentes profesionales de corrupción o blanqueadores de capital ilícito, cuyos actos delictivos también repugnan a la sociedad y, en alguna medida, perjudican y vulneran bienes esenciales garantizados también constitucionalmente?
Disfruta de la fruta
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Pinocho | Jueves, 20 de Septiembre de 2012 a las 11:12:32 horas
El fiscal general del Estado, Eduardo Torres-Dulce, ha criticado el proyecto de reforma del Código Penal que prepara el ministro de Justicia, Alberto Ruiz- Gallardón, al significar en su discurso de apertura del Año Judicial que a la hora de emprender cambios legislativos, “no siempre el agravamiento punitivo es la respuesta adecuada”.
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