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Se trata de la cuarta sentencia que en este sentido se hace pública en los dos últimos meses, después de la que en mayo obligó a Bankia (antes Caja de Ávila) a devolver 242.000 euros a un anciano de 90 años que había invertido en participaciones preferentes, la que dictaminó al mismo banco (antes Caja Madrid) a reintegrar 475.000 euros a un matrimonio por una inversión similar, y otra de obligaciones subordinadas, por la que Unicaja (ahora Caja Duero) debe devolver 40.000 euros a un matrimonio de Arenas de San Pedro.
Según los afectados, titulados universitarios, cuando compraron las participaciones a Caja Ávila, entidad integrada después en Bankia, “jamás” les explicaron los riesgos de las participaciones que les vendieron, a lo que se suma que la documentación que les entregaron al comprarlas era “incomprensible” para ellos y “para cualquier persona sin formación financiera”.
En cinco minutos
El problema de las participaciones preferentes, han explicado desde la Asociación de Perjudicados de Entidades Financieras, es que “en muchas ocasiones quienes las compraban pensaban que era un producto sin riesgo, sin ser conscientes de la realidad de lo que se contrataba, en cinco minutos y sin demasiadas explicaciones”.
El despacho Legido Abogados, que representa a esta asociación en Ávila, y el despacho Vidau Abogados, han destacado que “en la práctica generalizada existe un rodillo judicial contra las entidades financieras, propiciado exclusivamente por sus constantes incumplimientos y falta de información a la hora de firmar los contratos con sus clientes”.
Al respecto, Carlos Martín Soria, del despacho Vidau Abogados, que coordina la defensa en Castilla y León, ha indicado que las participaciones preferentes “nunca debían haberse comercializado a la clientela minorista”, tal y como ha señalado recientemente un magistrado del Tribunal Supremo.
Nulidad
La sentencia declara nula la orden de ejecución de compra de participaciones preferentes de septiembre de 2006 por valor de 57.000 euros y de abril de 2007 por importe de 74.000 euros, cantidades que deben devolverse junto a los intereses legales del dinero desde entonces hasta que sea ejecutada, añadiendo dos puntos y descontando los intereses cobrados. También se anula la orden de aceptación de oferta de recompra y suscripción de marzo de 2012.
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SIN VERGUENZA | Martes, 29 de Julio de 2014 a las 21:55:06 horas
Las cajas se han comportado como trileros. Deberían aparte de devolver lo "robado" llevarlos a Brieva un tiempo.
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