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"Estas liquidaciones no deben practicarse y mucho menos a las familias abulenses que están dentro del umbral de exclusión social, pues en este caso son ilegales”, ha afirmado Francisco Muñoz, secretario de Organización de la federación sindical.
Cifra el importe de estas liquidaciones entre los 700 y 900 euros, pese a que, desde su punto de vista, “estarían exentas del pago de la “plusvalía municipal”, conforme el Real Decreto Ley 8/2014.
A su juicio, las cantidades cobradas “deben de devolverse de oficio a las familias abulenses que hayan abonado dicho impuesto tras la liquidación girada por el Ayuntamiento desde el año 2010, si se encuentran dentro del ámbito de exclusión social”.
En caso contrario, las familias afectadas "deben solicitar directamente la devolución de lo pagado por dicho concepto, como consecuencia de haber realizado la dación en pago”.
En el mismo sentido, Muñoz ha recordado, en relación con el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF), con efectos desde 1 de enero de 2014 y ejercicios anteriores no prescritos (año 2010), que “está exenta la ganancia patrimonial que pudiera ponerse de manifiesto como consecuencia de la dación en pago o de un procedimiento de ejecución hipotecaria que afecte a la vivienda habitual del contribuyente".
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axfisiante | Domingo, 20 de Julio de 2014 a las 10:13:51 horas
el ayuntamiento solo sabe cobrar, cobrar y volver a cobrar. Luego los servicios que presta ya veremos.
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