Los dos acusados de un delito contra la salud pública en el juicio Los dos acusados de un delito contra la salud pública en el juicio

Delito por tráfico de drogas

Obligado a abandonar España tras transportar 680 gramos de hachís y 30 gramos de cocaína

Marta Gómez Miércoles, 15 de Diciembre de 2021 Tiempo de lectura:

Un hombre ha sido condenado de un delito de tráfico de drogas en el juicio celebrado en la Audiencia Provincial de Ávila. El procesado deberá de abandonar el territorio español en un plazo de un mes para evitar la entrada en prisión.

Los hechos sucedieron en abril del 2020, durante el confinamiento. Los agentes se encontraban realizando un control de los desplazamientos de movilidad cuando fue interceptado el vehículo del acusado. Según el fiscal jefe, Javier Rojo, tanto él como la acompañante no dieron ninguna explicación “razonable” sobre su desplazamiento y los agentes decidieron realizar un registro del vehículo, en el cual, se encontró 680 gramos de hachís y 30 gramos de cocaína. En el momento de los hechos, el acusado asumió que era el propietario de estas sustancias y que la persona que le acompañaba no tenía conocimiento de ello.

 

En el juicio celebrado en la Audiencia Provincial de Ávila estaban acusados las dos personas que viajaban en el vehículo. Sin embargo, tras la ratificación del hombre confesando que era el propietario de las sustancias, se ha exornado a su acompañante.

 

Al acusado, por su parte, se le ha impuesto una pena de dos años de prisión, que ha sido sustituida por la expulsión del territorio español con la prohibición de regreso durante cinco años, así como el pago de las costas procesales y una multa de 5.300 euros, la cual, inicialmente estaba cifrada en 10.000 euros con responsabilidad personal subsidiara para el caso de impago, de 90 días de privación de libertad, así como la privación del derecho al sufragio pasivo durante el tiempo de la condena.

 

Dictada la sentencia condenatoria y acordada la sustitución de la pena privativa de libertad por expulsión, de conformidad con lo establecido en el artículo 89.8 del Código Penal, si el penado se encuentra en el territorio español será efectiva la privación de libertad y deberá ser encarcelado.

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