Del Jueves, 30 de Abril de 2026 al Domingo, 03 de Mayo de 2026
Una mujer ha sido condenada a abonar a Lidl la cantidad de 3,19 euros tras quedar probado que cogió del supermercado un producto embutido alemán valorado en la citada cantidad, “introduciéndoselo debajo de la ropa, saliendo sin pagar y siendo aprehendido por el encargado del establecimiento”.
La sentencia del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción Número 2 de Ávila condena además a la mujer, cuya identidad responde a las iniciales J.V.P. a la pena de 4 días de localización permanente, castigándole también al pago de las costas procesales del juicio de faltas celebrado, al que no acudió.
El hecho, denunciado por el representante en Ávila de Lidl, ocurrió el pasado 14 de marzo y, según se recoge en la sentencia, “constituye la apropiación con ánimo de lucro de bienes muebles ajenos, sin consentimiento del dueño, por lo que tal conducta es sancionable como una falta de hurto conforme a los artículos 623.1 y 234 del Código Penal y concordantes”.




Macanaz | Sábado, 06 de Julio de 2013 a las 12:45:51 horas
no te pases de listo tu, que yo sepa no hay que hacer ninguna comision rogatoria por el robo de un chorizo. El caso es hablar sin saber.
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