Día Domingo, 30 de Noviembre de 2025
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Imagen de archivo de una discoteca. Esta convocatoria, concebida especialmente para los sectores excluidos de las ayudas estatales, pretende apoyar la recuperación económica de este colectivo, dotándoles de liquidez y paliando las pérdidas económicas que han sufrido como consecuencia de la pandemia.
Los autónomos pertenecientes a sectores de actividad de ocio nocturno, de servicios, artesanía, comerciales, pequeños fabricantes, industriales, servicios profesionales y de análoga naturaleza podrán solicitar a partir del próximo lunes la nueva ayuda económica convocada por la Junta para apoyar la recuperación y paliar las consecuencias económicas que han sufrido estos sectores a raíz de la crisis sanitaria.
La nueva línea de ayudas, gestionada por la Dirección General de Economía Social y Autónomos, ha sido presentada por la consejera de Empleo e Industria, Ana Carlota Amigo, quien ha explicado que esta nueva convocatoria pretende garantizar que todos los autónomos de Castilla y León se sientan acompañados por las administraciones en esta nueva etapa de recuperación. En este sentido, ha explicado la consejera, aunque no se establece incompatibilidad entre ambas ayudas, la nueva línea está especialmente concebida para ayudar a los autónomos que pertenecen a sectores económicos no incluidos en las ayudas estatales o que no pueden cumplir las exigencias establecidas por el gobierno de España.
En la convocatoria se establecen dos tipos de ayudas. Una ayuda lineal de 8.000 para los trabajadores autónomos de las discotecas, ya que este colectivo ha sido uno de los más afectados por las restricciones sanitarias que han obligado a suspender o reducir de forma significativa su actividad durante los meses de mayor incidencia de la Covid-19. El segundo tipo de ayuda, consistente en una subvención lineal de 3.000 euros, va dirigida a los trabajadores por cuenta propia de un total de 75 epígrafes de actividades económicas vinculados a servicios profesionales, artesanía, espectáculos, fabricación o actividades comerciales, entre otros y resto de autónomos del ocio nocturno.
Convocatoria
La convocatoria es “abierta, dinámica y flexible”, ya que el objetivo es ir introduciendo nuevos epígrafes y partidas económicas para ir incluyendo a aquellos sectores y colectivos que, habiendo sufrido las consecuencias económicas de la pandemia, no tengan acceso a otras ayudas destinadas a paliar esas pérdidas. En este sentido, se prevé una ampliación tanto de las actividades subvencionables como del presupuesto destinado a sufragar las ayudas.
Otra de las características de esta nueva línea es la ¡sencillez, tanto en lo que se refiere a la tramitación como a los requisitos que se exigen, todo ello con el fin de facilitar el acceso al mayor número de beneficiarios posible y poder realizar la tramitación y los pagos de una manera ágil reduciendo al máximo la burocracia”.
Plazo y forma de presentación
El plazo para la presentación de solicitudes será desde el 21 de junio hasta el 19 de julio de 2021. resolviéndose por orden de presentación en el plazo máximo de tres meses.
La solicitud y la documentación que debe acompañar a la misma se presentará de forma telemática en el modelo que podrá obtenerse en la sede electrónica de la Administración de la Comunidad de Castilla y León.
Segundo plazo para la tarifa plana
El próximo lunes se abre también el segundo plazo para la presentación de solicitudes de la extensión de la tarifa plana. Este segundo plazo, que finaliza el 9 de julio, va dirigido a los autónomos que hayan causado alta entre el 1 de abril de 2020 y el 1 de junio de 2020, ambos inclusive, cuando el disfrute de la reducción haya tenido una duración de 12 meses. Igualmente, deberán acogerse a este segundo plazo de solicitud, los trabajadores por cuenta propia que se hayan dado de alta entre el 1 de abril de 2019 y el 1 de junio de 2019, ambos inclusive, en los casos en los que el disfrute de la reducción se haya producido durante 24 meses.
Esta ayuda pretende que los autónomos de Castila y León que se hayan beneficiado de la tarifa plana estatal, es decir, de la cuota reducida de cotización a la seguridad, puedan prolongar esa reducción y beneficiarse de una cuota reducida durante un total de 18 meses o de 30 meses en el que caso de que hayan establecido su actividad en un municipio de menos de 5.000 habitantes.
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