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Ayuntamientro de Candeleda. "Desde CCOO no entendemos porque UGT obstaculiza dicha constitución, rechazando la presencia de CCOO en la misma por no tener actualmente ningún Representante Legal de los Trabajadores en este Ayuntamiento", señala Comisiones Obreras.
En este sentido, señala que el Estatuto Básico de los Empleados Públicos (EBEP) es "muy claro" al respecto, al señalar que "todos los sindicatos legitimados para la negociación, tienen derecho a estar presentes en la mesa (art. 35.1 EBEP), por lo que la exclusión de alguno de ellos viciaría por ilegalidad la negociación y podría conducir a la impugnación, tanto del proceso negociador como del resultado que se obtenga".
Asimismo, CCOO apunta que el EBEP establece "la necesidad de que la mesa se constituya con presencia de todos los legitimados –salvo que alguna organización sindical voluntariamente la rechace–" y, desde su punto de vista, CCOO "está totalmente legitimada y quiere participar en la Mesa de Negociación".
Atendiendo "literalmente" al (EBEP), están "legitimados" para estar en las entidades locales en representación de los empleados públicos funcionarios "las organizaciones sindicales más representativas a nivel estatal (CCOO y UGT), las organizaciones sindicales más representativas a nivel de comunidad autónoma y las que superen el 10% de representatividad entre los funcionarios afectados por la negociación". "La medición se efectúa en atención a los resultados obtenidos en las elecciones a juntas y delegados de personal", recuerda.
"En representación de la Administración Pública, la legitimación la ostenta, como es lógico, ella misma.
La negociación colectiva y las condiciones de trabajo de los funcionarios públicos se efectuarán mediante la capacidad representativa reconocida a las Organizaciones Sindicales en los artículos 6.3, c); 7.1 y 7.2 de la Ley Orgánica de Libertad Sindical", recuerda CCOO.
Este sindicato lamenta que "esta situación este dificultando el que los empleados públicos puedan negociar", entre otros asuntos, el incremento de retribuciones de los funcionarios; la determinación y aplicación de las retribuciones de los funcionarios públicos; la preparación y diseño de los planes de oferta de empleo público; la clasificación de puestos de trabajo, y la determinación de los programas y fondos para la acción de promoción interna, formación y perfeccionamiento.
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Parecer | Martes, 23 de Febrero de 2021 a las 23:28:17 horas
Los sindicatos casi siempre son el problema y casi nunca la solución.
Por desgracia
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