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En concreto, según puede observarse en la factura por asistencia emitida por el Sacyl, la cantidad requerida se desglosa en 100,40 euros en concepto de ‘“Urgencias’ y 33,12 euros en concepto de ‘Torax, pa y lat’.
En la factura enviada a este usuario de la sanidad pública, que acudió al centro hospitalario con su tarjeta sanitaria de Cataluña, figura el sello de la Consejería de Sanidad de la Junta de Castilla y León y está firmada por el director de gestión administrativa del Complejo Hospitalario de Ávila.
Tiene fecha del pasado 10 de mayo, si bien la asistencia sanitaria se produjo un mes antes, el 9 de abril, y en ella se indica “este importe deberá ser ingresado en” la oficina del BBVA de la calle Reyes Católicos, señalando el número de cuenta.
No se factura
Según la Consejería de Sanidad, “no se está facturando ni se factura” a ciudadanos de otras comunidades autónomas que reciben asistencia sanitaria en Castilla y León y que acuden con su tarjeta sanitaria, como es este caso.
El protocolo establecido cuando un paciente llega al Servicio de Urgencias es el de tomarle los datos personales y solicitar “documentación que justifique el derecho a la asistencia sanitaria, independientemente del motivo de la prestación y sea español o no”.
Si el paciente no justifica el derecho a la asistencia sanitaria pública, a través de la tarjeta sanitaria o un documento acreditativo, o porque existe un tercer responsable del pago, como puede ser una mutua, “se genera un expediente facturable que pasa al Servicio de Gestión Económica-Facturación de cargos a terceros”.
Y en este servicio se inicia un “procedimiento de facturación” de acuerdo a varios supuestos “en los que no se ha acreditado el derecho a la asistencia sanitaria pública”. Uno de ellos es el envío de una carta de solicitud de datos con acuse de recibo al domicilio facilitado por el paciente, conforme a la Ley de Procedimiento Administrativo. Si no se recibe contestación al escrito, o si es devuelto por Correos por ausente en dos ocasiones consecutivas -de acuerdo a la Ley de Procedimiento Administrativo- se envía una factura borrador.
Y transcurridos los plazos establecidos sin recibir contestación se emite la factura definitiva en la que se hace constar, siguiendo la Ley de Procedimiento Administrativo, la forma y el período de pago.
En este caso, el paciente asegura que presentó su tarjeta sanitaria, lo que le acreditaba pertenecer al Sistema Nacional de Salud, sin que la Junta haya dado una explicación de la razón, salvo un error, por la que a este ciudadano, cuya factura sanitaria reproduce avilared.com, se le ha instado a pagar una cantidad por la atención recibida en el hospital de Ávila.
Disfruta de la fruta
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Alejandro | Lunes, 20 de Mayo de 2013 a las 20:02:38 horas
A ver si ahora la culpa de que la Junta emita facturas sanitarias las tienen los medios de comunicación no subvencionados. El PP ya se gasta bastante en silenciar no pocos medios. Y no desviéis el fondo del tema, por favor. Es muy fácil la respuesta de la Junta: "sí hacemos facturas sanitarias o no hacemos facturas sanitarias". En caso afirmativo, que explique por qué y en caso negativo, que diga por qué le ha llegado a un usuario la factura que se aporta como prueba documental de la información
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