Por exigir detalles de partes médicos

El Sindicato de Policías Locales pide la dimisión del teniente de alcalde de Presidencia

Ávilared Ver comentarios 13 Miércoles, 18 de Septiembre de 2019 Tiempo de lectura:

El Sindicato Profesional de Policías Locales de Castilla y León (SppmCyL) ha pedido la dimisión del teniente de alcalde de Presidencia e Interior, José Ramón Budiño, porque “no está capacitado para llevar un área de tan importante relevancia como es el área de Personal” y por “reiterada vulneración de los derechos” de los policías locales.

[Img #101326]Según han explicado en un comunicado, en una circular firmada el día 9 “ordena establecer una serie de pautas adoptadas unilateralmente, infringiendo flagrantemente la normativa más elemental que protege los datos de carácter personal y del derecho a la intimidad de los funcionarios trabajadores” del Consistorio.

 

La circular surge a raíz de las alegaciones presentadas por afiliados al SppmCyL e “impone unos nuevos requisitos” que consideran “ilegales” que exige deben figurar en los justificantes médicos, ya que aseguran que “infringen la normativa reguladora de datos de carácter especialmente reservados y protegidos”.

 

El teniente de alcalde exige que los justificantes médicos deberán ir “firmados por el profesional del Sistema Nacional de Salud o de la mutua, que en él mismo figure la hora de la cita, el diagnóstico claramente especificado y el tratamiento recomendado por el profesional médico, así como la descripción del tiempo de reposo”, y advierte que si no se presentan los justificantes de este modo se procederá a la deducción de retribuciones en nómina. Sin embargo, según el sindicato alega que la normativa sobre este asunto, y en concreto la de la Seguridad Social, “únicamente exigen la presentación de un parte en el que conste la asistencia médica y las horas en las que se ha realizado la misma”.

 

Para el sindicato policial, “la exigencia de dichos datos supone una clara vulneración de los derechos fundamentales a la intimidad y a la protección de datos de carácter personal”, pues tanto la normativa de protección de datos como la Constitución “prohíben la cesión a terceros, y más aún al empleador, en nuestro caso el Ayuntamiento, de datos relativos a la salud”.

 

El SppmCyL ha impugnado la circular del teniente de alcalde y ha puesto el conocimiento el caso ante la Agencia de Protección de Datos.

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