Del Sábado, 17 de Enero de 2026 al Martes, 20 de Enero de 2026
La Confederación Hidrográfica del Duero ha ofrecido una serie de consejos sobre la seguridad de pozos y sondeos, recordando que se trata de una obligación ineludible de los propietarios o titulares de ellos, y que debe tenerse autorización para ejecutarlos.
El organismo de cuenca apunta al "sentido común" y pide que se evite, mediante señales y barreras, que se acceda a los mismos para prevenir un accidente, tanto de los propios usuarios como de cualquier persona ajena.
También advierte que todos los pozos y sondeos deben estar tapados y vallados, principalmente para proteger a las personas y los animales de caídas accidentales, así como para preservar el agua del acuífero de la contaminación.
Esta obligación es aplicable tanto a los que están en uso como a los pozos y sondeos que ya no se utilizan y, en este último caso, debe llevarse a cabo un sellado definitivo.
Para la Confederación Hidrográfica del Duero, se trata de una labor en la que pueden colaborar todos los ciudadanos y administraciones públicas, especialmente aquellas con personal sobre el terreno, como son, además del organismo de cuenca, la Consejería de Medio Ambiente, Servicio de Minas, Guardia Civil y ayuntamientos. Precisamente pone de relieve que los consistorios son los están “más próximos al problema” y los que cuentan con “un gran despliegue y capacidad de intervención rápida sobre el terreno”.
Como la prioridad es la de evitar accidentes, la confederación cree necesario adoptar, en primer término, las medidas de seguridad pertinentes, y después proceder a la investigación de propiedad o titularidad, y a denunciar si procede.
Autorización
También se subraya que la apertura de pozos y la instalación en los mismos de instrumentos para la extracción de aguas subterráneas, sin disponer previamente de concesión o autorización del organismo de cuenca para la extracción de las aguas, se considera infracción administrativa, señalándose como responsable al titular del terreno, el promotor de la captación, el empresario que ejecuta la obra y el técnico director de la misma.
Para la ejecución de un pozo o sondeo para la extracción de aguas subterráneas se deberá solicitar una autorización a la comunidad autónoma (Sección de Minas) y la concesión-inscripción por disposición legal a la Confederación Hidrográfica del Duero.





Normas de participación
Esta es la opinión de los lectores, no la de este medio.
Nos reservamos el derecho a eliminar los comentarios inapropiados.
La participación implica que ha leído y acepta las Normas de Participación y Política de Privacidad
Normas de Participación
Política de privacidad
Por seguridad guardamos tu IP
216.73.216.208