Del Sábado, 17 de Enero de 2026 al Martes, 20 de Enero de 2026
Trato Ciudadano ha recurrido ante el Tribunal Administrativo de Recursos Contractuales de Castilla y León el anuncio de licitación del contrato de conservación de carreteras provinciales de la Zona II, publicado por la Diputación.
Consideran “errónea” la calificación jurídica del contrato, algo que defiende la Diputación, al considerar que se trata de un contrato de obras.
El contrato, que se publicó en el Boletín Oficial de la Provincia del 5 de enero de 2017, salió a licitación por 7.380.154,92 euros. Sin embargo, Trato Ciudadano considera que la tramitación del expediente es errónea, al verlo como un contrato de servicios en vez de uno de obras.
Según esta formación, existe un informe de la Junta Consultiva de Contratación Administrativa, dependiente del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas, relativo a un contrato de “idénticas características” de la Diputación de Zamora, que concluye que este tipo de contratos es “de servicios”.
Restricción
A su juicio, la calificación “de obras” que defiende la Diputación de Ávila “busca una restricción” en el acceso a la licitación de los posibles adjudicatarios, ya que los criterios de acceso para las empresas recurrentes son “mucho más restrictivos”.
Además, Trato ha reprochado “las formas” con las que se ha tramitado este contrato, al haber entregado a los diputados de la comisión correspondiente “un resumen de seis folios” y hacerlo “justo antes de comenzar la sesión”, lo que, según Trato, “vulnera cualquier principio de transparencia y de acceso a la información por parte de la oposición”.
Máxima transparencia
Frente a estas afirmaciones, la Diputación de Ávila ha defendido que el anuncio de licitación se ha desarrollado “con la máxima transparencia”, ya que no sólo se ha publicado en el Diario Oficial de la Unión Europea y en el Boletín Oficial del Estado sino también, y aunque no es obligatorio, en el Boletín Oficial de la Provincia.
Según la institución provincial, la calificación de “contrato de obras”, tal como afirman los técnicos, responde a que “el mayor volumen económico” del contrato corresponde a obras.
De hecho, ha asegurado la Diputación, el artículo 12 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público afirma que este tipo de contratos “se calificarán atendiendo al de mayor importe económico”. En este punto, se sigue, además, la “recomendación” que el Tribunal de Cuentas realizó a la institución en este sentido.
Por ello, la Diputación ha mostrado su “total disposición” a colaborar con el Tribunal Administrativo de Recursos Contractuales de Castilla y León, al que ha remitido toda la información disponible, entre la que se encuentra un informe técnico que señala que la calificación como contrato de obras “no tiene incidencia en la concurrencia de licitadores”, pues es un contrato sujeto a regulación armonizada que, además, tiene “la mayor publicidad”.





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