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El seguro indemnizará tanto por el daño real como por el lucro cesante, de modo que se establece un plazo de 15 días para que el ganadero reciba el importe estipulado, según la orden que aparece en el Boletín Oficial de Castilla y León.
El Consejo de Gobierno del pasado 19 de mayo aprobó el decreto de regulación del Plan de Conservación y Gestión del Lobo en Castilla y León, que considera que todos los lobos de la Comunidad -unas 179 manadas, que suponen un 60 por ciento de los lobos existentes en España- forman parte de una única población biológica que tiene carácter continuo.
El plan busca “minimizar los efectos negativos que la especie puede originar sobre el ganado”, promoviendo que las explotaciones ganaderas realicen medidas de custodia y prevención de ataques y articulando medidas de compensación de daños a la ganadería extensiva que resulten más ágiles y eficaces.
A su vez, el plan contempla la posibilidad de establecer medidas compensatorias como consecuencia de los daños causados por el lobo al sur del Duero y realizar los pagos compensatorios por la Junta de Castilla y León.
Procedimiento
Así, además de regularse los pagos compensatorios que percibirán los ganaderos afectados por ataques de lobos, se ha establecido el procedimiento y los requisitos para poder percibir los mismos.
La orden establece que, en el caso de producirse la muerte de ganado por ataque de lobos al sur del Duero -donde la especie está protegida-, el ganadero deberá comunicarlo en menos de 48 horas desde que se haya producido el ataque.
Una vez recibida la comunicación de forma telefónica, los funcionarios de la Consejería de Fomento y Medio Ambiente, especialmente agentes medioambientales, comprobarán los hechos y circunstancias del ataque y redactarán un informe, que se trasladará a la aseguradora para que, en el plazo máximo de 15 días desde su comunicación, se pague el importe estipulado al ganadero.
Oficina en Ávila de Caja Rural de Salamanca
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