Del Sábado, 17 de Enero de 2026 al Martes, 20 de Enero de 2026
La Consejería de Agricultura y Ganadería ha publicado las ayudas para la vacunación obligatoria frente a la lengua azul con una dotación presupuestaria de 185.000 euros.
La vacunación debe estar finalizada antes del 30 de junio y el ganadero es el responsable de la vacunación. La orden del Boletín Oficial de Castilla y León establece las bases reguladoras de la concesión de las ayudas y contempla la subvención del cien por cien del coste de la vacuna para los ganaderos integrados en agrupaciones de defensa sanitaria ganadera y el 50 por ciento para aquellos ganaderos no integrados.
El Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente obligó a vacunar, de forma obligatoria y mediante la Orden AAA/882015 de 29 de enero, frente a los dos tipos de la enfermedad de la lengua azul tras la aparición de 410 focos en Extremadura, Andalucía y Castilla-La Mancha.
Zonas de vacunación
La orden establecía la vacunación obligatoria en Candeleda y Sequeros, del denominado serotipo 1 de esta enfermedad, y de Béjar y Sequeros en Salamanca y Arenas de San Pedro, Cebreros, El Barco de Ávila, Las Navas del Marqués, Navaluenga, Candeleda y Sotillo de la Adrada en la provincia de Ávila, del serotipo 4.
Esta vacunación preventiva supone también una garantía para el movimiento de ganado de las zonas de restricción dado que la Unión Europea, a través de la Directiva 2000/75/CE, establece una serie de restricciones al movimiento de ganado en las denominadas zonas de protección, las situadas a 100 kilómetros alrededor de la zona en la que se detecte.
La lengua azul o fiebre catarral ovina es una enfermedad incluida en el código sanitario para los animales terrestres de la Organización Mundial de Sanidad Animal (OIE) y en la lista de enfermedades de declaración obligatoria de la Unión Europea.
La lengua azul es una enfermedad vírica transmitida por mosquitos que afecta a rumiantes (ovino, caprino y bovino). No existen riesgos para la salud pública asociados a la lengua azul, aunque sí graves restricciones comerciales para los animales y productos de origen animal de las zonas afectadas por la enfermedad. Además en ganado ovino produce grave sintomatología clínica.





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